Paro agotado: situaciones en las que no hay derecho a ayudas

Casos concretos en los que una persona que ha trabajado y ha agotado la prestación contributiva (el paro) puede quedarse sin derecho a ninguna ayuda posterior. Te explicamos cada caso, la razón legal/práctica y te dejamos la fuente oficial
¿En qué casos no correspondería ninguna ayuda tras agotar el paro?
Resumen rápido: normalmente siempre hay posibilidades (subsidio por agotamiento, subsidio por cotizaciones insuficientes, RAI, IMV o rentas autonómicas) si se cumplen los requisitos. Pero hay situaciones claras en las que no corresponderá nada: problemas de inscripción/legalidad, ingresos que superan límites, falta de cotizaciones necesarias para cada subsidio, incompatibilidades, o incumplimiento de obligaciones. Detallo abajo.
1) No estar inscrito como demandante de empleo (o no mantener la inscripción)
Qué pasa: la mayoría de ayudas (subsidios por agotamiento, RAI, PAE, IMV en muchos supuestos) exigen estar inscrito y disponible como demandante de empleo. Si no estás inscrito o no cumples el compromiso de búsqueda activa, puedes perder el derecho o no poder solicitar la ayuda.
Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) — requisitos y obligaciones.
2) Tener rentas o ingresos por encima de los límites exigidos
Qué pasa: muchos subsidios exigen carencia de rentas —por ejemplo, el umbral habitual es no superar el 75% del SMI para acceder a subsidios asistenciales. Si tus ingresos (o los de la unidad de convivencia, según el subsidio) superan ese umbral, no podrás acceder al subsidio.
Ejemplo: 75% del SMI — referencia SEPE/SMI y análisis sectorial. Consulta SEPE — Cuantías anuales y el análisis práctico en ARAG Seguros — guía práctica.
3) Falta de cotizaciones que exigen determinados subsidios (casos concretos)
Qué pasa: algunos subsidios requieren cotizaciones específicas. Si no cumples esas cotizaciones, no puedes acceder.
- Subsidio por cotizaciones insuficientes: exige al menos 90 días cotizados (si no llegas a 360 días). Si ni siquiera alcanzas esos 90 días, no tendrás derecho a este subsidio. Fuente: Servicio Público de Empleo Estatal.
- Subsidio para mayores de 52 años: tiene requisitos de cotización y otras condiciones (inscripción continuada, años cotizados para pensión en determinados supuestos). Si el solicitante no cumple esos requisitos, no recibirá ese subsidio. Además, la doctrina del Tribunal Supremo ha exigido inscripción continuada desde el fin de la prestación anterior en casos recientes (ver enlace más abajo). Fuente: SEPE — mayores de 52.
4) Estar en situación administrativa irregular o sin residencia legal en España
Qué pasa: las prestaciones por desempleo y muchos subsidios exigen residencia legal en España (o condición de emigrante retornado en su caso). Si la persona no tiene la autorización legal correspondiente (NIE/TIE o certificado de residencia), no podrá cobrar algunas prestaciones.
SEPE — requisitos para trabajadores extranjeros / documentación.
5) Haber agotado anteriores ayudas incompatibles o cumplimiento de incompatibilidades
Qué pasa: existen incompatibilidades entre prestaciones y subsidios (y también con percepciones por trabajo o pensiones). Si la persona ha percibido ya una ayuda incompatible o está en una situación incompatible (por ejemplo, está cobrando una pensión, o percibe ingresos incompatibles), pierde derecho. Además, ciertas ayudas previas (según cambios legislativos) impiden reingresar a otras.
SEPE — incompatibilidades y causas de suspensión/extinción.
6) Incumplir requisitos temporales (plazos) o condiciones formales
Qué pasa: muchos subsidios exigen solicitar la ayuda dentro de plazos (por ejemplo, solicitar subsidio tras agotar la prestación en un plazo determinado, o mantener determinados periodos de inscripción). No respetar esos plazos o no presentar la documentación requerida puede causar la denegación. La reforma de 2024 cambió plazos en algunos casos (revisa la norma aplicable y los plazos concretos).
BOE — Real Decreto-ley 2/2024 (reforma del nivel asistencial).
7) No cumplir el compromiso de actividad (rechazo de ofertas, no participar en itinerarios)
Qué pasa: si rechazas ofertas de empleo adecuadas o no participas en acciones de formación/itinerarios señalados por el SEPE, puedes perder o no llegar a iniciar una ayuda. El SEPE puede sancionar con la suspensión/extinción del derecho.
SEPE — obligaciones del demandante y sanciones.
8) Personas con derecho a pensión contributiva (jubilación) — deja de corresponder la protección por desempleo
Qué pasa: si alcanzas la edad y cotizaciones necesarias para la jubilación contributiva, lo lógico es que ya no seas sujeto de las prestaciones por desempleo; cobrarás pensión (u otra prestación), y muchas ayudas por desempleo son incompatibles con pensiones contributivas.
Seguridad Social — información sobre pensiones y compatibilidades.
Casos prácticos (ejemplos reales)
A (no cobro nada): trabajó 2 meses, agotó el paro, se dio de baja como demandante y tiene ingresos por alquiler de 900€/mes → probablemente no tendrá subsidio por agotamiento porque supera umbral de carencia y no está inscrito. (ver SEPE: inscripción + umbrales).
Servicio Público de Empleo Estatal.
B (no cobro nada): persona extranjera sin residencia legal → aunque haya cotizado, si no regulariza su situación no podrá tramitar correctamente muchas prestaciones. (ver SEPE requisitos para extranjeros).
Servicio Público de Empleo Estatal.
C (no cobro nada): persona de 53 años que agotó el paro pero no se mantuvo inscrita como demandante desde el fin de la prestación; el Tribunal Supremo ha condicionado la concesión del subsidio para mayores de 52 al mantenimiento de esa inscripción continua. Resultado: denegación posible.
El País — sentencia Tribunal Supremo sobre subsidio >52.
Fuentes principales (oficiales)
- SEPE — Subsidio por agotamiento de prestación contributiva (requisitos y plazos).
- SEPE — Preguntas frecuentes / cuantías anuales y umbrales.
- ARAG Seguros — análisis práctico sobre carencia de rentas.
- SEPE — Subsidio por cotizaciones insuficientes y subsidio para mayores de 52.
- BOE — Real Decreto-ley 2/2024 (reforma del nivel asistencial).
- El País — noticia sobre la doctrina del Tribunal Supremo.
- Seguridad Social — criterios sobre pensiones y compatibilidades.
Última comprobación de fuentes: 5 de diciembre de 2025.

